LA INTERPRETACIÓN JURÍDICA Y LA ARGUMENTACIÓN JURÍDICA.
1.LA INTERPRETACIÓN JURÍDICA Y LA ARGUMENTACIÓN JURÍDICA.
En un
momento de la historia, en el cual se le dijo a los jueces que eran solo la
boca de la Ley, se les prohibió que interpretaran las normas y le dieran otro
sentido diferente al dado por el Legislador. Eran los tiempos del imperio de la
Ley, donde los jueces debían estar restringidos a aplicar las leyes en su
sentido más literal.
Ante
la evidente realidad de que las normas no regulaban todas las situaciones que
se le presentaban a los jueces, y ante la necesidad de que el Estado impartiera
justicia a todos los casos, se les permitió a los jueces mayor libertad para
resolver, permitiendo que los jueces interpretaran la norma, pero no podían
crear una norma, pues esa era competencia del Legislador.
Interpretar
significa, darle sentido o significado a algo. En el campo lingüístico, un
interprete no es un mero traductor de lo que dice una persona en otro idioma,
el intérprete busca darle sentido y alcanza a expresiones culturales que no
tienen un significado literal (Frosini, 2018). En el campo artístico, un músico
interprete es aquel que toco una música de otro, pero le produce algunos
cambios dándole su sello personal. En igual sentido, un director de cine o de
teatro, pueden interpretar obras o películas de grandes autores, y al ponerlas
en escena realizan adaptaciones que ponen su toque particular a la película o
la obra de teatro. En el campo de la moda, un diseñador da una interpretación
específica a sus vestidos (Frosini, 2018).
En el
campo del derecho, la interpretación significa darle sentido y alcance a un
texto normativo. En tal sentido, tanto los jueces, los abogados, el legislador,
los doctrinantes, y la comunidad en general, leen una norma y le dan una
interpretación, en cuanto a lo que cada uno entiende de ella, en lo cual pueden
presentarse varias interpretaciones (Frossini, 2018). En efecto un proceso
jurídico se puede generar por la diversificación en la interpretación de una
norma, un contrato o un decreto, porque las partes no se ponen de acuerdo, y
colocan la controversia ante un juez, quién deberá definir la discusión,
teniendo que establecer cuál es la interpretación que el considera más
razonable.
Así
las cosas, la interpretación comenzó a ser una de las principales herramientas
del juez en su trabajo, teniendo presente que tenían prohibido crear derecho,
pero en cambio, si podían realizar interpretaciones que le permitieran aplicar
el derecho a casos complicados. De esta manera, los jueces podían dar una
aplicación restrictiva a la norma, o una interpretación extensiva, en la
primera restringían el alcance de la norma, y en la segunda, extendían los
efectos jurídicos de una norma hacía otros casos, que inicialmente no estaban
contemplados en ella.
En
ese nuevo contexto, los jueces comenzaron a interpretar las normas, entendido
esto, como darle un significado y alcance al texto normativo, utilizando varios
métodos de interpretación:
El
método exegético, que consiste en buscar el sentido de la norma, a partir del
significado literal de las palabras, conceptos y la composición gramatical
contenida en el texto normativo. Desde esta perspectiva, las discusiones se dan
en relación con el significado de una palabra, o con el sentido de una ó o de
una y en una frase.
El
método teleológico, que consiste en interpretar la norma de acuerdo con los
fines de la misma, y en esta se busca cuáles fueron los motivos por los cuales
se creo la norma, y también se buscaba, cuáles fueron las consideraciones que
tuvo el legislador para crear la norma.
El
método sistemático, que consiste en comparar la norma aplicable, con otras
normas del ordenamiento jurídico, buscando integrar el ordenamiento jurídico
como uno solo, y establecer, una interpretación coherente con las demás normas
jurídicas.
El
método histórico, que consiste en analizar el contexto social y político en el
que se produce la norma, y los fines que debía tener la norma de acuerdo con
ese contexto.
El
método analógico, que implica extender los efectos de una norma a otra
situación similar pero no regulada expresamente. Se trata de un análisis
jurídico en el que el juez, le da el mismo tratamiento jurídico a dos
situaciones de hecho similares. En este evento, podía acudir a la analogía
legis, que era la aplicación de una norma, para solucionar una circunstancia de
hecho similar, no regulada por la ley. Y la analogía juris, que consistía en
utilizar el efecto de varias normas a un caso no regulado en la Ley.
El
método crítico, que consiste en contrastar y comparar las normas nacionales,
con las normas de otros países, y examinar cómo se han regulado las mismas
materias de formas diferentes en otras naciones, sus efectos y consecuencias.
En el mismo contexto, se utiliza a las ciencias naturales, la estadística, la
economía, la sociología, entre otras, para criticar los efectos de la norma, y
tratar de lograr un cambio.
Hasta
ahí, los que podríamos llamar los métodos de interpretación más tradicionales,
sin embargo, podemos plantear otros de acuerdo con diferentes concepciones del
derecho:
Concepción
del derecho utilitarista, que implica que se debe buscar el mayor bienestar a
las mayorías, y de que se deben fomentar las buenas conductas con incentivos a
los ciudadanos, y desestimular las malas conductas, causándoles castigos o
penurias a los ciudadanos.
Concepción
del derecho liberal, que consiste en dar prioridad a las libertades
individuales, y disminuir la intervención estatal. Hace prevalecer la libertad
del mercado sobre la regulación e intervención estatal en las relaciones entre
los ciudadanos.
Concepción
del derecho conservador, en la que se hace prevalecer el interés general sobre
el interés particular. El Estado debe intervenir para garantizar la protección
de los valores de la sociedad, la solidaridad, la moralidad, la religiosidad.
La
concepción socialista del derecho, en la que se plantea toda una discusión
sobre el papel del Estado y de los particulares sobre los medios de producción,
entre ellos, el capital, la tierra y el trabajo, presentando una visión
distinta sobre la función del Estado en el manejo de la economía, que contrasta
con el modelo capitalista.
Concepción
del derecho económico, en el que se analiza cómo influye el derecho en la
economía, y cómo la economía influye en el derecho. Se trata de entender el
derecho, teniendo en cuenta los efectos económicos que puede tener en la
sociedad, y por otra parte, cómo debe regularse aspectos económicos en el
derecho.
Concepción
del derecho de género, en la cuál se tienen en cuenta las particularidades del
género femenino, y de ciertos grupos minoritarios como los miembros del LGBI,
que le imposibilitan acceder a sus derechos en igualdad de condiciones, con el
resto de población, como son los derechos laborales, los derecho a la familia,
los derechos reproductivos, entre otros.
Concepción
sociológica del derecho, en la cual se tienen en cuenta los procesos sociales,
políticos y económicos de una sociedad, para entender sus implicaciones y sus
necesidades en el derecho. Se busca a través de la sociología, darle una
explicación e interpretación a las normas y sus efectos en la sociedad.
Así
encontramos entonces, diferentes formas y concepciones para interpretar el
derecho, que le permiten al juez dar un significado y alcance a las normas
jurídicas, obvio que pueden existir más, dependiendo los contextos y las áreas
del derecho en que se apliquen, así por ejemplo, en interpretación
Constitucional, el juez tendrá que tener en cuenta varios criterios de
interpretación particular, como por ejemplo, el de prevalencia de la norma
Constitucional; en el caso laboral, deberá tener en cuenta el principio de
favorabilidad para los trabajadores; en el caso del derecho ambiental, deberá
tener en cuenta el principio de desarrollo sostenible; igualmente, en el
derecho penal, tenemos el principio del indubio pro reo; en el derecho
administrativo tenemos el principio de confianza legítima, y así en todas las
áreas del derecho.
Ahora
bien, luego de interpretar una norma, es decir, establecer un significado
específico, para aplicar una consecuencia jurídica a un caso, los jueces deberán
utilizar una segunda herramienta, que es la argumentación jurídica, es decir,
ya el juez, tendrá que sustentar ante las partes de un conflicto y ante una
sociedad, por qué una norma debe interpretarse de determinada manera, y por qué
va aplicar una consecuencia jurídica a determinado caso. La argumentación
jurídica implica soportar con razones y argumentos, el por qué se toma una
postura o se interpreta una norma en un sentido u otro, o por qué se otorga
determinada consecuencia jurídica. Así que en orden metodológico, un jurista
primero debe interpretar las normas aplicables al caso, y luego, argumenta para
justificar su postura.
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