HABERMAS Y LA ARGUMENTACIÓN JURÍDICA
1. LA ARGUMENTACIÓN
JURÍDICA Y HABERMAS.
Habermas
fundamentó la teoría de la argumentación a partir de la sociología, es decir, la
explicación de los comportamientos sociales y la interacción entre los
individuos, que producen efectos en la sociedad. De esta forma, Habermas
planteaba una diferencia entre la sociedad, el individuo y la acción
comunicativa. Desde esta perspectiva, el individuo expresaba su subjetividad y
su personalidad, la cultura como un conjunto de factores que afirman un plano
simbólico, la sociedad como el conjunto de individuos que interactúan, y la
acción comunicativa, que es la forma como interactúan los individuos y llegan a
unos acuerdos (Feteris, 2007).
Para
Habermas, el fin de toda argumentación jurídica no era convencer o persuadir a
los demás, la argumentación se trata de llegar a un acuerdo entre seres
racionales, que tuviera como efecto una universalidad y una validez racional,
en tal sentido, que el acuerdo fuera respetado por las partes, porque
racionalmente, incluso los que inicialmente estuvieran en contra, estarían
dispuesto a respetarlo. En este sentido, Habermas establecía que el objetivo de
todo debate era el llegar a un acuerdo racional, el cual no se lograba de otra
forma, que a través de la comunicación entre seres racionales (Feteris, 2007).
Habermas
plantea, que los individuos tienen los siguientes comportamientos (Garrido, 2011):
La
acción estratégica o teleológica: Es aquella asociada a una finalidad
consiente.
La
acción regulada por normas: Es aquella asociada a valores compartidos y
legitimados por los sujetos en la vida social.
La
acción dramatúrgica: Asociada a la manifestación plena de la subjetividad
individual.
La
acción comunicativa: Es la interacción entre dos sujetos capaces de comunicarse
lingüísticamente y de efectuar acciones para establecer una relación
interpersonal.
Es
decir, que los individuos tienen un comportamiento en el plano estratégico en
el cual son capaces de prever las consecuencias de sus actos, y calcular
conforme a ellos, que se produzcan unos efectos previamente preparados y
calculados. Estos comportamientos se encuentran en la vida diaria, donde los
sujetos se comportan de determinada manera para conseguir sus objetivos, por
ejemplo, un mesero atiende bien a un cliente, con el objetivo de que le dé una
buena propina; Un niño llora, con el objetivo de que sus padres les pongan
atención; una mujer coquetea con un hombre, con el objetivo de que tengan una
cita; un trabajador hace bien su trabajo para obtener un ascenso.
Las
acciones reguladas por normas, son aquellas que se realizan en obediencia a una
norma concreta, como, por ejemplo, no cruzar un semáforo en rojo, no parquear
en lugares prohibidos, no matar a nadie, pagar los impuestos, no portar un arma
sin permiso del Estado, etc.
La
acción dramatúrgica está asociada a los componentes de la personalidad, es
decir, qué me gusta comer, qué color de ropa me gusta, que perfumes me gustan,
que sensaciones me gustan. Está parte puede definirse como los fetiches de cada
persona en diferentes aspectos.
Y por
último la acción comunicativa, que es cuando me pongo de acuerdo con otras
personas para realizar una determinada labor, y para ello, requiero interactuar
con otros, llegar a un acuerdo y comportarme conforme a lo acordado.
Estos
comportamientos sociales, nos permiten establecer cuando un individuo busca su
interés particular, y cuando busca un interés colectivo, y precisamente, la
acción comunicativa, y la argumentación jurídica sirven para que los individuos
interactúen y lleguen a acuerdos racionales, que les permitan, como en el caso
del derecho, regular un comportamiento.
Ahora
bien, Habermas comprende que una cosa es la acción comunicativa, y otra muy
diferente la acción estratégica, pues en la acción comunicativa, se busca
alcanzar acuerdos, mientras que la acción estratégica lo que busca es influir
en el oponente (Garrido, 2011). En la acción estratégica se tiene, una acción
abiertamente estratégica donde se expone al oponente qué es lo que se quiere y
qué es lo que queremos, y la acción estratégica encubierta, que puede ser a su
vez de dos formas, una consciente, que es cuando se utiliza el engaño y la
manipulación (sofismas), y la otra inconsciente, que es cuando se está
afirmando algo falso, sin saber, pues no se tiene certeza, o la información no
se encuentra confirmada (paralogismo) (Garrido, 2011).
Así
las cosas, se tiene que no existe un acuerdo racional, cuando éste se basa en
el engaño o el desconocimiento de un error, y en el que se puede llegar a un
acuerdo irracional, ya sea motivado por los fetiches de las partes, más que en
la razón.
Para
verificar lo anterior, Habermas acude a la expresión lingüística que tiene dos
efectos dentro de la comunicación entre individuos, el primero es el significado
y la validez del mismo. Así las cosas, en la interrelación entre individuos,
debe ser más que claro, es decir, no debe haber duda en el significado de las
palabras que se utiliza, y la validez de las mismas, es decir, que sea válido o
verdadero, y constatable con la realidad.
“Habermas
introduce a la semántica veritativa para ratificar la idea sobre la oración
asertórica que es cuando la oración es verdadera. Según esta teoría la
problemática de la validez se sitúa exclusivamente en la relación del lenguaje
con el mundo como totalidad de hechos. Entonces como validez se equipara a la
verdad de los enunciados, la conexión entre significado y validez de las
exposiciones lingüísticas sólo se establece en el habla constatadora de los
hechos (siendo la función expositiva sólo una de las tres funciones
co-originarias del lenguaje).” (Garrido, 2011)
En
conclusión, dentro del sistema de argumentación de Habermas, la comunicación
lingüística puede ser una acción comunicativa o una acción estratégica, que
mientras que la primera busca llegar a acuerdos racionales entre seres
racionales, mediante enunciados claros y válidos, en la acción estratégica solo
se busca influir en el oponente, y en ocasiones se obtienen acuerdos
irracionales ya sea inconscientes o conscientes cuando se acude al engaño o a
la manipulación.
LA UTILIDAD DE HABERMAS EN LAS CONCILIACIONES
Al
analizar el esquema de Habermas podemos encontrar una gran utilidad no solo en
los juicios, sino en la conciliación, la negociación y la transacción. Cómo
plantea Habermas, la finalidad de una argumentación jurídica es lograr acuerdos
entre personas racionales, que sean aceptados y respetados por todos.
En
una conciliación, negociación o transacción, el gran problema es llegar a un
acuerdo. Cada parte expone sus pretensiones y muchas veces no demuestra la
totalidad de sus intereses. Identificar los intereses de las partes permite
afinar las acciones estratégicas tendientes a disuadir las resistencias,
prevenciones y miedos que tengan las partes para llegar a un acuerdo razonable
y respetable.
La
comunicación y la argumentación son herramientas importantes, que permiten
llevar a las partes a consolidar un buen acuerdo, pero también está el riesgo
de los engaños y las manipulaciones, que también nos pueden llevar a acuerdos
inválidos, que terminan afectado a las partes. Para llegar a un buen acuerdo en
términos de Habermas, es necesario que la acción comunicativa sea clara y
precisa, que no haya dudas sobre el significado de lo acordado, y sea válida,
se sustente en premisas verdaderas.
LA UTILIDAD DE HABERMAS EN LOS JUICIOS.
A
diferencia de las conciliaciones, en los juicios cada parte expone una posición
contraria, y la sustenta tanto en los alegatos de apertura, en la práctica de
las pruebas, en los alegatos de conclusión y en los recursos en contra de la
decisión.
Sin
embargo, las partes no son ajenas a plantearle al juez una decisión justa que
suene como un acuerdo favorable para las dos partes. Muchas veces no es posible
sostener tercamente una posición, cuando no se compadece con lo probado en el
juicio, y si bien, es posible perder algunas pretensiones, se pueden ganar
otras.
Así
las cosas, quien logre reconducir su argumento a unas pretensiones más
coherente y razonables, puede conducir al juez para que tome una decisión
justa. Así las cosas, puede que en un juicio se encuentren enfrentadas las
posiciones de las partes, pero muchas veces plantear una decisión razonable por
parte del juez, es como llegar a un acuerdo razonable entre las partes, que
incluso podría estar libre de recursos legales, dejando la decisión en firme.
Para
ello, es muy importante tener en cuenta el interés de las partes, las acciones
estratégicas y la acción comunicativa tendiente a argumentar a favor de una
decisión razonable y justa.
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