HABERMAS Y LA ARGUMENTACIÓN JURÍDICA

 

1.   LA ARGUMENTACIÓN JURÍDICA Y HABERMAS.

 

Habermas fundamentó la teoría de la argumentación a partir de la sociología, es decir, la explicación de los comportamientos sociales y la interacción entre los individuos, que producen efectos en la sociedad. De esta forma, Habermas planteaba una diferencia entre la sociedad, el individuo y la acción comunicativa. Desde esta perspectiva, el individuo expresaba su subjetividad y su personalidad, la cultura como un conjunto de factores que afirman un plano simbólico, la sociedad como el conjunto de individuos que interactúan, y la acción comunicativa, que es la forma como interactúan los individuos y llegan a unos acuerdos (Feteris, 2007).

Para Habermas, el fin de toda argumentación jurídica no era convencer o persuadir a los demás, la argumentación se trata de llegar a un acuerdo entre seres racionales, que tuviera como efecto una universalidad y una validez racional, en tal sentido, que el acuerdo fuera respetado por las partes, porque racionalmente, incluso los que inicialmente estuvieran en contra, estarían dispuesto a respetarlo. En este sentido, Habermas establecía que el objetivo de todo debate era el llegar a un acuerdo racional, el cual no se lograba de otra forma, que a través de la comunicación entre seres racionales (Feteris, 2007).

Habermas plantea, que los individuos tienen los siguientes comportamientos (Garrido, 2011):

La acción estratégica o teleológica: Es aquella asociada a una finalidad consiente.

La acción regulada por normas: Es aquella asociada a valores compartidos y legitimados por los sujetos en la vida social.

La acción dramatúrgica: Asociada a la manifestación plena de la subjetividad individual.

La acción comunicativa: Es la interacción entre dos sujetos capaces de comunicarse lingüísticamente y de efectuar acciones para establecer una relación interpersonal.

Es decir, que los individuos tienen un comportamiento en el plano estratégico en el cual son capaces de prever las consecuencias de sus actos, y calcular conforme a ellos, que se produzcan unos efectos previamente preparados y calculados. Estos comportamientos se encuentran en la vida diaria, donde los sujetos se comportan de determinada manera para conseguir sus objetivos, por ejemplo, un mesero atiende bien a un cliente, con el objetivo de que le dé una buena propina; Un niño llora, con el objetivo de que sus padres les pongan atención; una mujer coquetea con un hombre, con el objetivo de que tengan una cita; un trabajador hace bien su trabajo para obtener un ascenso.

Las acciones reguladas por normas, son aquellas que se realizan en obediencia a una norma concreta, como, por ejemplo, no cruzar un semáforo en rojo, no parquear en lugares prohibidos, no matar a nadie, pagar los impuestos, no portar un arma sin permiso del Estado, etc.

La acción dramatúrgica está asociada a los componentes de la personalidad, es decir, qué me gusta comer, qué color de ropa me gusta, que perfumes me gustan, que sensaciones me gustan. Está parte puede definirse como los fetiches de cada persona en diferentes aspectos.

Y por último la acción comunicativa, que es cuando me pongo de acuerdo con otras personas para realizar una determinada labor, y para ello, requiero interactuar con otros, llegar a un acuerdo y comportarme conforme a lo acordado.

Estos comportamientos sociales, nos permiten establecer cuando un individuo busca su interés particular, y cuando busca un interés colectivo, y precisamente, la acción comunicativa, y la argumentación jurídica sirven para que los individuos interactúen y lleguen a acuerdos racionales, que les permitan, como en el caso del derecho, regular un comportamiento.

Ahora bien, Habermas comprende que una cosa es la acción comunicativa, y otra muy diferente la acción estratégica, pues en la acción comunicativa, se busca alcanzar acuerdos, mientras que la acción estratégica lo que busca es influir en el oponente (Garrido, 2011). En la acción estratégica se tiene, una acción abiertamente estratégica donde se expone al oponente qué es lo que se quiere y qué es lo que queremos, y la acción estratégica encubierta, que puede ser a su vez de dos formas, una consciente, que es cuando se utiliza el engaño y la manipulación (sofismas), y la otra inconsciente, que es cuando se está afirmando algo falso, sin saber, pues no se tiene certeza, o la información no se encuentra confirmada (paralogismo) (Garrido, 2011).

Así las cosas, se tiene que no existe un acuerdo racional, cuando éste se basa en el engaño o el desconocimiento de un error, y en el que se puede llegar a un acuerdo irracional, ya sea motivado por los fetiches de las partes, más que en la razón.

Para verificar lo anterior, Habermas acude a la expresión lingüística que tiene dos efectos dentro de la comunicación entre individuos, el primero es el significado y la validez del mismo. Así las cosas, en la interrelación entre individuos, debe ser más que claro, es decir, no debe haber duda en el significado de las palabras que se utiliza, y la validez de las mismas, es decir, que sea válido o verdadero, y constatable con la realidad.

“Habermas introduce a la semántica veritativa para ratificar la idea sobre la oración asertórica que es cuando la oración es verdadera. Según esta teoría la problemática de la validez se sitúa exclusivamente en la relación del lenguaje con el mundo como totalidad de hechos. Entonces como validez se equipara a la verdad de los enunciados, la conexión entre significado y validez de las exposiciones lingüísticas sólo se establece en el habla constatadora de los hechos (siendo la función expositiva sólo una de las tres funciones co-originarias del lenguaje).” (Garrido, 2011)

En conclusión, dentro del sistema de argumentación de Habermas, la comunicación lingüística puede ser una acción comunicativa o una acción estratégica, que mientras que la primera busca llegar a acuerdos racionales entre seres racionales, mediante enunciados claros y válidos, en la acción estratégica solo se busca influir en el oponente, y en ocasiones se obtienen acuerdos irracionales ya sea inconscientes o conscientes cuando se acude al engaño o a la manipulación.

 

  LA UTILIDAD DE HABERMAS EN LAS CONCILIACIONES

 

Al analizar el esquema de Habermas podemos encontrar una gran utilidad no solo en los juicios, sino en la conciliación, la negociación y la transacción. Cómo plantea Habermas, la finalidad de una argumentación jurídica es lograr acuerdos entre personas racionales, que sean aceptados y respetados por todos.

En una conciliación, negociación o transacción, el gran problema es llegar a un acuerdo. Cada parte expone sus pretensiones y muchas veces no demuestra la totalidad de sus intereses. Identificar los intereses de las partes permite afinar las acciones estratégicas tendientes a disuadir las resistencias, prevenciones y miedos que tengan las partes para llegar a un acuerdo razonable y respetable.

La comunicación y la argumentación son herramientas importantes, que permiten llevar a las partes a consolidar un buen acuerdo, pero también está el riesgo de los engaños y las manipulaciones, que también nos pueden llevar a acuerdos inválidos, que terminan afectado a las partes. Para llegar a un buen acuerdo en términos de Habermas, es necesario que la acción comunicativa sea clara y precisa, que no haya dudas sobre el significado de lo acordado, y sea válida, se sustente en premisas verdaderas.

 

  LA UTILIDAD DE HABERMAS EN LOS JUICIOS.

 

A diferencia de las conciliaciones, en los juicios cada parte expone una posición contraria, y la sustenta tanto en los alegatos de apertura, en la práctica de las pruebas, en los alegatos de conclusión y en los recursos en contra de la decisión.

Sin embargo, las partes no son ajenas a plantearle al juez una decisión justa que suene como un acuerdo favorable para las dos partes. Muchas veces no es posible sostener tercamente una posición, cuando no se compadece con lo probado en el juicio, y si bien, es posible perder algunas pretensiones, se pueden ganar otras.

Así las cosas, quien logre reconducir su argumento a unas pretensiones más coherente y razonables, puede conducir al juez para que tome una decisión justa. Así las cosas, puede que en un juicio se encuentren enfrentadas las posiciones de las partes, pero muchas veces plantear una decisión razonable por parte del juez, es como llegar a un acuerdo razonable entre las partes, que incluso podría estar libre de recursos legales, dejando la decisión en firme.

Para ello, es muy importante tener en cuenta el interés de las partes, las acciones estratégicas y la acción comunicativa tendiente a argumentar a favor de una decisión razonable y justa.

Comentarios