Debido proceso y el vencimiento de términos


El vencimiento de términos es una garantía del debido proceso, que no entienden las personas del común hasta que les toca enfrentar un proceso penal, y pasa el tiempo, y pasa el tiempo, se aplazan las audiencias, y el procesado sigue privado de la libertad, sin ser juzgado y sin condena.

Toda persona tiene derecho a un juicio justo, dentro de unos tiempos razonables. Nadie puede estar en una situación de indefinición de su situación jurídica, ni sometido a un juicio eterno. Por ello, cuando se cumplen unos términos para celebrar las audiencias o las fases del proceso penal, el procesado capturado antes de ser condenado, recobra su libertad.

La idea de los términos en el derecho procesal penal es que las partes tengan suficiente tiempo para prepararse para cada etapa del proceso, y que se garantice un tiempo prudente para la práctica de pruebas, también que se tengan en cuenta los imprevistos que puedan impedir que se célebre una audiencia o que las partes o testigos puedan concurrir a la misma.

También es importante señalar que los tiempos para el vencimiento de términos, se cuentan para la parte que propició el aplazamiento, es decir, que si la defensa es la que solicita el aplazamiento, el tiempo perdido no le cuenta para el vencimiento de términos.

Esto es parte del debido proceso, pues de lo contrario, tendríamos una justicia más floja y negligente, que nunca adelantarían los procesos, dejando a la gente privada de la libertad por mucho tiempo, sin que se le diera una sentencia, dentro de un plazo razonable.


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